top of page

Acerca de

Sistema Financiero

SISTEMA FINANCIERO y BANCARIO

El sistema financiero bancario y virtual, tendrá una responsabilidad clave en todo este proceso, asumiendo las siguientes funciones:
 

​1. ​​Administrar movimientos de fondos digitales, con todas las herramientas a su alcance, abriendo las cuentas correspondientes, con sus particulares características.

2. Recaudar el Impuesto Unico y las Tasas de Contribución al momento de acreditación de facturas por bienes o servicios (similar al actual Impuesto a los Débitos y Créditos), acreditando al Estado y a los beneficiarios de las tasas lo recaudado diariamente.

 

3. Tasa de Contribución Salarial. La única entidad que acreditará la TCS será la que haya sido designada por el empleador para la acreditación de sueldos, todas las demás entidades le deberán transferir los fondos recaudados por TCS cada día a la entidad a cargo.  En cada factura digital ARCA informará la entidad pagadora.

4. Tasa de Contribución Jubilatoria.  Las entidades transferirán la recaudación diaria a una entidad concentradora, dependiente de ANSES pero digitalizada y manejada por IA, para ser distribuida entre los jubilados y pensionados a sus Cuentas Madre en el BCRA, en la proporción que le corresponda a cada uno, según el sistema dinámico de puntos descripto en apartado JUBILACIONES.

 

5. Estados de la Moneda Digital en reemplazo del sistema de Reserva Fraccionaria -dos estados-: 

​​​

  • Prestable: las entidades tendrán total libertad para invertir la totalidad de los fondos que administren (propios o de terceros) sin Encajes Mínimos ni sistema de reserva fraccionaria, ya que un mismo peso digital no podrá prestarse más de una vez por vez.  O sea, una vez prestado el peso serie número xxx, no podrá volver a ser depositado a plazo fijo hasta que haya sido devuelto por el tomador.  Esto garantizará que la emisión de Pesos Digitales no se multiplique secundariamente.  Ante la eventual necesidad de fondos, las entidades bancarias podrán descontar sus préstamos correctamente garantizados ante el BCRA, o eventualmente en un Mercado Secundario en las condiciones que este libremente determine.  Los plazos fijos deberá ser devueltos a sus titulares en moneda en estado PRESTABLE para su normal reinversión.

  • Transaccional: el dinero ya prestado, mantendrá un estado TRANSACCIONAL, y solo podrá ser utilizado para comprar bienes y servicios, o moneda extranjera, hasta tanto su condición cambie a Prestable por cancelación de préstamos.

​​

  • Registro Global de Condición de la Moneda: El BCRA, al concentrar todas las cuentas madre de la población, llevará un registro global de ambas condiciones, el cual podrá ser consultado online por los bancos para su correcta identificación al momento de acreditarlos en las cuentas de sus titulares, o de prestarlos a un nuevo tomador.  A su vez, llevará el control FIFO (First In, First Out) de los pagos de cuotas de crédito para asignar el estado de Prestable a los primeros números de serie otorgados con el préstamo en cuestión.  De ahí la importancia del reporte de moneda PRESTABLE por parte de la entidad rectora, el cual incluirá la identificación de los tenedores de moneda Prestable para acción comercial de los bancos. Salvo que el titular expresamente prohíba esta publicación.

 

  • Canje de Estados: Los bancos podrán ofrecer beneficios a los tenedores de moneda PRESTABLE, para canjearla por TRANSACCIONAL.

 

6. Recepción de fondos digitales para inversión (Plazos fijos u otros): podrán hacerlo en la forma habitual, informando al BCRA los números de serie de cada peso digital recibido para su correcta trazabilidad.

 

7. Cuentas separadas para pesos Prestables ($DP) o Transaccionales ($DT): Para facilitar toda esta operatoria, las entidades bancarias podrán abrir dos cuentas por titular, para acreditar en cada una la condición de moneda que corresponda.

8. Transacciones bancarias en pesos físicos:  mientras el peso físico exista, las entidades continuarán operando con el mismo régimen actual, y con las mismas reglas que establezca el BCRA.​

Formulario de Opinión

bottom of page